miércoles, 7 de marzo de 2007

NUEVA OPORTUNIDAD PARA UNA LEY LLAMADA A SER EL SIMBOLO DE LA DESCENTRALIZACION DE RECURSOS ECONOMICOS




CONGRESO REMITE VETO TOTAL DE LEY DE TRANSITO AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL


Prácticamente con la unanimidad del voto de los diputados presentes en la sesión del martes 6 de marzo, fue aprobada la resolución legislativa, mediante la cual -según lo dispuesto en el Art. 154 de la Constitución Política del Estado- el Congreso remite al Tribunal Constitucional la objeción total del presidente de la República, Rafael Correa, al proyecto de Ley reformatoria a la Ley de Tránsito y a la Ley de Reforma Tributaria 2001-41, para que éste resuelva sobre su inconstitucionalidad.

El tema fue incluido en el Orden del Día, conforme a un proyecto de resolución liderado por el diputado azuayo Fernando Cordero, en el que se exhortaba al presidente de la República a enmendar el veto a la Ley Reformatoria a la Ley de Tránsito y Ley de Reforma Tributaria, remitiendo para ello un nuevo proyecto de Ley que contenga la esencia de lo objetado. Tras el necesario debate, el Congreso resolvió acogerse al Artículo 154 de la Constitución, difiriendo la eventual exhortación hacia el jefe de Estado, al resultado de la resolución del TC. Por esta razón, el autor del proyecto de resolución apoyó la moción del diputado Fausto Cobo.

El Art. 154 de la Carta Política dice textualmente: “Si la objeción del Presidente de la República se fundamentare en la inconstitucionalidad total o parcial del proyecto, éste será enviado al Tribunal Constitucional para que emita su dictamen dentro del plazo de treinta días. Si el dictamen confirmare la inconstitucionalidad total del proyecto, éste será archivado. Si confirmare la inconstitucionalidad parcial, el Congreso Nacional deberá realizar las enmiendas necesarias para que el proyecto pase luego a la sanción del Presidente de la República. Si el Tribunal Constitucional dictaminare que no hay inconstitucionalidad, el Congreso ordenará su promulgación”.

El Arq. Fernando Cordero Cueva dijo que “la ley aprobada por voto unánime en la Legislatura no viola ninguna disposición constitucional. Por el contrario, repara una persistente violación centralista del artículo 226 de la Constitución que ha negado los recursos económicos que les corresponden a las municipalidades de Cuenca, Ibarra, Loja, Otavalo y Quito. Por ello el TC, con toda seguridad, le podrá demostrar al país que el veto presidencial se fundamentó en información equivocada y en los tradicionales prejuicios centralistas de los `asesores´ presidenciales”.

El alto organismo del Estado tendrá en sus manos la decisión sobre este trascendental tema que distribuía oportuna y directamente los recursos generados por el impuesto a la propiedad vehicular, para los municipios cuyas competencias de tránsito se encuentran descentralizadas: Cuenca, Ibarra, Loja, Otavalo y Quito. En total, los recursos que percibirían estas cinco ciudades por el concepto tributario alcanzan los 34 millones de dólares.

OFICINA DE PRENSA
Li. Maria Isabel Cevallos
096026718